Observatorio Departamental de DDHH y DIH

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Observatorio Departamental de DDHH y DIH

El Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Departamento de Casanare es una plataforma estratégica dedicada a la recopilación, el análisis y la difusión de información sobre las violaciones a los derechos humanos y las infracciones al derecho internacional humanitario en la región. Buscamos proporcionar información confiable y actualizada que pueda ser utilizada por las autoridades locales para tomar decisiones informadas que mejoren la seguridad y el bienestar de la población. El observatorio se enfoca en ser un medio de apoyo para las entidades gubernamentales en la formulación de políticas públicas que garanticen la protección de los derechos humanos y contribuyan a un ambiente de mayor paz y seguridad en Casanare.
Misión del Observatorio 
"El Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Departamento de Casanare tiene como misión recopilar, analizar y difundir información sobre las violaciones a los derechos humanos y las infracciones al derecho internacional humanitario en la región. A través de la colaboración estrecha con instituciones clave como la Policía, la Fiscalía, la Alta Consejería para los Derechos Humanos y la red Nacional de Obsevatorios, buscamos generar información precisa y actualizada que sirva como base para la toma de decisiones gubernamentales. Nuestro objetivo es contribuir al mejoramiento de la seguridad pública, fortalecer las políticas de protección y garantizar la justicia y los derechos de los Casanareños."

Visión del Observatorio
"Ser un referente regional y nacional en la promoción y protección de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, destacándonos como una herramienta clave en la toma de decisiones estratégicas para las entidades gubernamentales. Aspiramos a ser un motor de cambio en la mejora de la seguridad pública, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la construcción de un entorno más justo y seguro para todos los habitantes del Departamento de Casanare."
 

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Derechos Humanos Fundamentales de Colombia según la Constitución de 1991


  1. Derecho a la vida (Artículo 11):

    • Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y a la seguridad. La pena de muerte está prohibida.
  2. Derecho a la igualdad (Artículo 13):

    • Todas las personas son iguales ante la ley, y tienen derecho a la igualdad, sin discriminación alguna por razón de sexo, raza, origen, religión, opinión política o cualquier otra condición.
  3. Derecho a la libertad personal (Artículo 28):

    • Nadie puede ser detenido arbitrariamente. Toda persona tiene derecho a la libertad y a no ser arrestada sin una orden judicial, salvo en situaciones excepcionales, como flagrancia.
  4. Derecho al debido proceso (Artículo 29):

    • Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido previamente escuchada y procesada de acuerdo con las normas legales. Todos tienen derecho a un juicio justo, con las debidas garantías procesales.
  5. Derecho a la honra y al buen nombre (Artículo 21):

    • Toda persona tiene derecho a la protección de su honra, reputación y a la protección de su imagen frente a la divulgación de información falsa.
  6. Derecho a la libertad de expresión (Artículo 20):

    • Toda persona tiene derecho a expresar sus opiniones, pensamientos, creencias y a recibir información sin censura. Este derecho incluye la libertad de prensa y la libertad de enseñar y aprender.
  7. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (Artículo 18):

    • Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, sin imposición de ninguna creencia por parte del Estado.
  8. Derecho a la participación política (Artículo 40):

    • Los ciudadanos tienen derecho a participar en la vida política del país, mediante el voto, el derecho a ser elegidos, la participación en referendos y otros mecanismos democráticos.
  9. Derecho a la propiedad (Artículo 58):

    • Toda persona tiene derecho a la propiedad privada, sobre sus bienes y derechos. La propiedad está protegida por la ley, y solo puede ser expropiada por causa de utilidad pública y previa indemnización.
  10. Derecho a la educación (Artículo 67):

    • La educación es un derecho fundamental. El Estado debe garantizar el acceso a la educación básica y media y a la educación superior, sin discriminación.
  11. Derecho al trabajo (Artículo 25):

    • Toda persona tiene derecho a trabajar y a recibir condiciones laborales justas, que incluyan un salario justo, la seguridad social y la protección contra el despido arbitrario.
  12. Derecho a la salud (Artículo 49):

    • Toda persona tiene derecho a acceder a servicios de salud, y el Estado debe garantizar que estos servicios sean de calidad y accesibles para todos.
  13. Derecho a la seguridad social (Artículo 48):

    • Toda persona tiene derecho a la seguridad social, que incluye el acceso a los sistemas de pensiones, salud y bienestar social.
  14. Derecho a la protección de la familia (Artículo 42):

    • La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, y tiene derecho a recibir protección por parte del Estado y la sociedad.
  15. Derecho a la vivienda (Artículo 51):

    • Toda persona tiene derecho a la vivienda, y el Estado debe adoptar medidas para garantizar la calidad y la accesibilidad de la misma.
  16. Derecho a la movilidad (Artículo 24):

    • Toda persona tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a escoger su residencia y a salir del país sin restricciones arbitrarias.
  17. Derecho a la inviolabilidad de la correspondencia (Artículo 15):

    • La correspondencia y las comunicaciones personales son inviolables, y solo pueden ser intervenidas o registradas en los casos y condiciones que la ley establezca.
  18. Derecho a la protección de los derechos de los niños (Artículo 44):

    • Los niños y niñas tienen derechos fundamentales especiales, como el derecho a la vida, la salud, la educación, el amor, la protección contra el abuso y la explotación.
  19. Derecho a la cultura (Artículo 70):

    • Toda persona tiene derecho a participar en la vida cultural de la comunidad, a acceder a la creación y disfrute de las artes y a la protección de los derechos de autor.
  20. Derecho a la paz (Artículo 22):

    • Colombia reconoce el derecho de todos los ciudadanos a vivir en paz y a la resolución pacífica de los conflictos. La guerra y la violencia son incompatibles con los derechos humanos.

Otros derechos fundamentales establecidos en la Constitución:

  • Derecho a la protección contra la discriminación (Artículo 13).
  • Derecho a la información (Artículos 74 y 75), que garantiza la libre circulación de información y el acceso a la misma.
  • Derechos de las personas desplazadas (Artículos 95 y 96), que reconocen los derechos de los ciudadanos desplazados por la violencia.
  • Derecho a la autodeterminación y la libre determinación de los pueblos indígenas (Artículos 7 y 171).


Los 30 derechos humanos universales que están consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948:

  1. Derecho a la igualdad: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
  2. Derecho a la no discriminación: Todos los seres humanos tienen los mismos derechos sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o cualquier otra condición.
  3. Derecho a la vida, la libertad y la seguridad: Toda persona tiene derecho a la vida, la libertad y a la seguridad de su persona.
  4. Prohibición de la esclavitud y la servidumbre: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de seres humanos están prohibidas.
  5. Prohibición de la tortura y tratos crueles: Nadie será sometido a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  6. Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica: Todos tienen derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
  7. Derecho a la igualdad ante la ley: Todos son iguales ante la ley y tienen derecho, sin distinción, a una igual protección de la ley.
  8. Derecho a un recurso efectivo: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes.
  9. Derecho a la libertad de circulación: Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  10. Derecho a la nacionalidad: Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  11. Derecho a la propiedad: Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  12. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
  13. Derecho a la libertad de opinión y expresión: Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
  14. Derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas.
  15. Derecho a la participación política: Toda persona tiene derecho a tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
  16. Derecho al trabajo: Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su empleo y a condiciones laborales justas y favorables.
  17. Derecho a la educación: Toda persona tiene derecho a la educación.
  18. Derecho a la cultura: Toda persona tiene derecho a participar en la vida cultural de la comunidad, a disfrutar de las artes y a compartir los avances científicos.
  19. Derecho a un nivel de vida adecuado: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, que asegure su salud y bienestar.
  20. Derecho a la salud: Toda persona tiene derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental.
  21. Derecho a la seguridad social: Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener los beneficios de la misma.
  22. Derecho a la protección del medio ambiente: Toda persona tiene derecho a vivir en un entorno saludable y a disfrutar de los recursos naturales de manera sostenible.
  23. Derecho a la protección contra el desempleo: Toda persona tiene derecho a la protección contra el desempleo.
  24. Derecho a la libertad personal: Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal.
  25. Derecho a la protección de la familia: La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a ser protegida por la sociedad y el Estado.
  26. Derecho a la propiedad intelectual: Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales derivados de cualquier producción científica, literaria o artística de la cual sea autora.
  27. Derecho a un juicio imparcial: Toda persona tiene derecho a ser escuchada públicamente y con justicia en la determinación de sus derechos y obligaciones.
  28. Derecho a la paz y la seguridad: Toda persona tiene derecho a vivir en paz y seguridad, sin la amenaza de guerra o violencia.
  29. Deberes hacia la comunidad: Toda persona tiene deberes hacia la comunidad, para el libre y pleno desarrollo de su personalidad.
  30. Derecho a la autodeterminación: Ninguna persona o nación está sujeta a la dominación o injerencia externa que interfiera con su derecho a determinar su destino político, económico y social.



Fecha Creación: 29/09/2021 6:58
Última Fecha de Modificación: 29/11/2024 5:53
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